Conozca Y Proteja Sus Derechos Con Visa De Trabajo En Estados Unidos

derechos con visa de trabajo

La visa H-1B le permite a su titular trabajar temporalmente en los Estados Unidos de América para un empleador que lo está patrocinando. Los derechos con visa de trabajo para quien la tienen, son muchos. Sin embargo, la visa depende de que un empleador patrocine al empleado. En muchas ocasiones se presentan incidentes en los que el empleador intenta aprovecharse del empleado. Al mismo tiempo, dado que hay muchos costos y esfuerzos para contratar a un empleado con una visa H-1B, los empleadores intentan protegerse en caso que el empleado desee irse de la empresa muy pronto por una mejor oferta de trabajo.

Esta guía explica varios de los derechos con visa de trabajo a los que pueden acogerse sus titulares. A pesar de que existen muchas diferencias en la manera de trabajar entre Latino America y los Estados Unidos, sus derechos fundamentales si cuentan.

derechos con visa de trabajo• DOCUMENTACIÓN A LA QUE USTED TIENE DERECHO

Uno de sus derechos con visa de trabajo es el acceso a la siguiente documentación. El empleador debe proporcionarle a usted una copia firmada de la Solicitud de Condición Laboral (LCA por su sigla en inglés, Formulario ETA-9035 o 9035E). Esto debe hacerse a más tardar en la fecha en que usted se presenta al trabajo. Usted puede utilizar este documento para verificar el cargo que va a ocupar en la empresa. También puede solicitar al empleador que le proporcione una copia de las páginas de portada del Formulario ETA 9035 CP.

Usted tiene el derecho de conservar su propio pasaporte, visa y documentos de viaje. Su empleador no tiene derecho a retenerle estos documentos.
Además, usted debe recibir la Notificación de Aprobación H-1B y el Formulario I-94. Si solo hay una copia disponible, el empleador puede conservar la parte superior de la notificación de aprobación I-797 (A), pero le debe entregar la parte inferior que contiene el Formulario I-94 original. El formulario I-797 tiene las instrucciones que le indican al empleador que proceda de esta forma.

Usted debe conservar el Formulario I-94 original como prueba de que tiene el derecho legal de permanecer en los EE. UU. Por su parte, su empleador debe darle la parte inferior de la Notificación de Aprobación I-797 (B). Es posible que la necesite para regresar a su consulado y solicitar una nueva visa o volver a ingresar a los EE. UU.

• DOCUMENTOS DE DIVULGACIÓN PÚBLICA

Dentro de sus derechos con visa de trabajo usted puede examinar los documentos de divulgación pública que su empleador debe mantener. Ellos los mantienen para proporcionar información sobre el cumplimiento de éste con los elementos de certificación. Asegúrese de solicitar esto por escrito.

Nótese que la ley es específica para cada estado respecto a qué se debe mantener exactamente en los documentos de divulgación pública. Sin embargo, generalmente puede contener su archivo personal como empleado. Dentro de ese archivo cualquier documento utilizado para determinar los requisitos para el cargo, promoción, transferencia, compensación adicional, terminación u otra acción disciplinaria, copia de la documentación que el empleador utilizó para definir el "salario predominante", una explicación del sistema que el empleador usó para establecer el "salario real". Si el empleador es un dependiente de H-1B y / o un infractor intencional, debe proporcionar un resumen de los métodos de reclutamiento utilizados y el período de tiempo de los trabajadores de reclutamiento en los EE. UU. Así como una lista de los no-inmigrantes "exentos" H-1B que fueron contratados.

También usted puede solicitar los salarios predominantes locales para el cargo al que se le ha asignado. Sin embargo, no puede exigir conocer los salarios de otros empleados. Su empleador tiene el derecho de iniciar una acción legal en su contra, si usted llega a hacerlo.

El empleador debe conservar estos registros durante un año después de la última fecha de empleo. O, si no se contrató a nadie bajo ese LCA específico, un año a partir de la fecha del vencimiento o retiro del LCA.

derechos con visa de trabajo• SALARIO JUSTO DENTRO DE SUS DERECHOS CON VISA DE TRABAJO

Usted debe recibir al menos el salario especificado en su formulario LCA. El salario especificado en el LCA debe ser el salario local predominante para el cargo en el área de empleo. Al menos, el mismo salario que se paga a otros empleados de los EE. UU. con experiencia y calificaciones similares, sin importar la nacionalidad.

• INACTIVIDAD

No existe el concepto de inactividad dentro de los derechos con visa de trabajo. Su pago no puede ser reducido o suspendido debido a tiempo no productivo ocasionado por el empleador, o por la falta de una licencia o permiso. Si el empleador tiene que pagarle un menor salario, puede hacerlo siempre y cuando se acuerde una enmienda al contrato. Firmando dicha enmienda, usted lo acepta y los salarios se encuentran al menos cerca del salario predominante local.

Como derecho de visa de trabajo, debe tener en cuenta que usted es un empleado de su empleador y no uno de sus clientes. Incluso si realiza trabajos que no sean de clientes, como entrevistas, capacitación, preparación de materiales o sentarse porque no hay trabajo. Su empleador todavía debe pagarle su salario completo.

• EMPLEADO W-2

Todos los trabajadores H-1B deben ser contratados como empleados W-2. Eso quiere decir que usted es un empleado asalariado y no un contratista independiente en el Formulario 1099. A su vez, su empleador no puede pagar sólo su salario bruto y pedirle que se haga cargo de los impuestos de nómina. Recuerde que usted no puede trabajar por cuenta propia con una visa H-1B.

• PAGO CONTINGENTE

Muchos empleadores H-1B ponen a sus trabajadores H-1B al lado de un cliente como contratista. El empleador obtiene una cierta tarifa del cliente y le da una tarifa más baja al empleado. Después de los gastos, la diferencia que obtiene es su ganancia. Los empleadores H-1B pueden tener una programación diferente para recibir el pago o su pago puede retrasarse por cualquier motivo.

Muchos empleadores H-1B no tienen flujo de efectivo adicional para pagar a sus empleados de acuerdo con su programación de pago normal. Por lo tanto, retrasan el pago de salarios a sus empleados hasta que reciban el pago de su cliente. Esto no es correcto. Usted es un empleado de su empleador y no de sus clientes. Lo que sea que pase entre su empleador y su cliente es problema de su empleador mas no suyo. Usted debe recibir su salario a tiempo y regularmente, de acuerdo con la programación de nómina normal. Su salario no puede depender de que su empleador reciba o no un pago. Bajo los derechos con visa de trabajo que usted tiene, su salario no puede ser retrasado debido a tales razones.

derechos con visa de trabajo• BENEFICIOS COMPLEMENTARIOS

Como parte de los derechos con visa de trabajo, usted debe recibir beneficios complementarios. Estos deben ser bajo la misma condición que los otros empleados estadounidenses del empleador.

• ACUERDO DE EMPLEO

A su propio costo, usted tiene el derecho de contratar un abogado calificado para revisar el acuerdo de empleo. Las tarifas de un abogado pueden variar, pero pueden estar alrededor de $500 USD. Usted tiene el derecho de rehusarse a firmar cualquier documento respecto al empleo o podría cambiar algunos de sus términos. Sin embargo, el empleador tiene el derecho de no contratarlo en ese caso. Una buena compañía podría estar dispuesta a explicar y justificar la necesidad de dicho documento. Ellos podrían aún permitirle hablar con otros trabajadores extranjeros que hayan contratado en condiciones similares.

A usted no lo deben obligar a pagar una penalidad por abandonar el trabajo antes de la fecha acordada en el contrato laboral. Esto es un asusto independiente de si el contrato fue firmado en su país de origen o en los Estados Unidos.

• PAGO DE LA CUOTA DE LA H-1B

Su empleador no puede exigirle pagar, ya sea directa o indirectamente, cualquier parte de la cuota de solicitud de radicación. La cuota administrativa, cuota para el abogado o cualquier otro costo relacionado con la solicitud de la visa H-1B es responsabilidad del empleador.

• CONDICIONES DE TRABAJO

Dentro de sus derechos con visa de trabajo, el horario, turnos, vacación, incapacidad, etc., también debe ser respetado. Usted debe ser tratado de la misma forma y tener las mismas condiciones de trabajo ofrecidas a los trabajadores de los EE.UU.

• REGISTROS DE TRABAJO

Su empleador y usted deben mantener un registro preciso de las horas trabajadas y los salarios devengados por usted.

• RETALIACIÓN

Su empleador no debe intimidar, amenazar, retirar o discriminar cualquier empleado, exempleado o candidato de trabajo por divulgar posibles violaciones a la H-1B. Así como también por cooperar en una investigación oficial acerca del cumplimiento del empleador. Si el empleador resulta culpable por esto, podrá ser multado hasta por $5,000. También sería descalificado para volver a solicitar H-1B por dos años, entre otras multas.

derechos con visa de trabajo• TRANSPORTE DE REGRESO

Si su empleo termina antes del vencimiento de la visa H1-B, su empleador debe proveer el transporte a su último lugar de residencia en el extranjero. Esto implica generalmente un tiquete aéreo de regreso a su país.

• ABOGADO DE LA COMPAÑÍA

Otro de los derechos con visa de trabajo consiste en tener la posibilidad de consultar el abogado de la compañía. Con este abogado usted puede resolver preguntas relacionadas con el proceso de aplicación de la visa. El abogado de su compañía debe mantener informados, tanto a usted como a la compañía, acerca del estado de su caso.

• ACTIVIDADES SECUNDARIAS

Usted puede estudiar medio tiempo e invertir en acciones. Además, puede realizar otras inversiones pasivas dentro de sus derechos con visa de trabajo.
Usted también puede hacer que otro empleador radique una nueva solicitud de visa H1-B por usted para un trabajo de medio tiempo. Asegúrese de que no está violando cualquier término del acuerdo de empleo con su empleador actual, en caso que lo tenga.

• CREAR UNA EMPRESA

Dentro de los derechos con visa de trabajo usted tiene la posibilidad de crear su propia compañía. Sin embargo, usted no puede estar empleado activamente en su propia compañía. Usted no puede hacer cualquier trabajo que pueda considerarse como empleo dentro de la misma. Su propia empresa no puede radicar su propia visa de residente.

¿Le queda alguna duda adicional?

Si usted considera que sus derechos con visa de trabajo han sido violados por su empleador, usted puede radicar una queja ante el Departamento del Trabajo. Asegúrese que su empleador cumpla con todos los requisitos establecidos para la visa de trabajo y que se le respeten todos sus derechos.

En caso de que su empleador no cumpla con las directrices aquí mencionadas, asesórese con nuestra firma, Morgan & Morgan. Nuestros abogados pueden exigir el cumplimiento de la Ley. Nosotros nos aseguraremos de que se respeten sus derechos con visa de trabajo. Cualquier inquietud o duda, usted siempre podrá contar con nuestros servicios llenando este formulario gratuito.

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